miércoles, junio 1

TEMA DE REFLEXIÓN

Conflicto armado y conflicto terrorista
Jaime Jaramillo Panesso
(El Mundo, mayo 29 de 2005)

El Comité Internacional de la Cruz Roja, CICR, depositario de la interpretación del DIH, Derecho Internacional Humanitario, se pronunció dentro del debate nacional pertinente, señalando que en Colombia si existe un conflicto interno.
En palabras del derecho internacional los conflictos armados se clasifican en dos: conflicto interno cuando organizaciones revolucionarias armadas conformadas por nacionales, con territorios controlados, proyecto de estado y mandos respetados y estables le disputan al gobierno el poder, por ejemplo una guerra civil como la de Yugoslavia. Conflicto externo cuando los ejércitos regulares de dos o más estados se enfrentan por razones fronterizas, disputas no zanjadas en tratados, rompimiento de tratados de manera unilateral, agresiones militares y otras motivaciones, como en el caso de la guerra de Las Malvinas entre Argentina y Gran Bretaña.

Al terminar la Segunda Guerra Mundial hace sesenta años, los principales y mayoritarios Estados del orbe resolvieron crear la ONU como espacio para dirimir conflictos de toda índole y contribuir al desarrollo económico y social.

Pocos años después se creó el Derecho de Ginebra o Humanitario, un reconocimiento a la inevitabilidad de los conflictos armados mientras se avanza en democracia y civilización.

Ese derecho conduce en primer lugar a fijar reglas que hagan menos crueles las guerras (prohibición de las armas nucleares, de los malos tratos a prisioneros de guerra, de las armas tóxicas, etc.) y en segundo lugar a proteger la vida y la integridad de los civiles o no combatientes y los bienes como hospitales, acueductos y demás servicios básicos. Estas normas se hicieron extensibles a los conflictos internos. Por eso el Cric, en aras de justificar su función entre nosotros,afirma que en Colombia existe un conflicto interno. Dicho sea en este oportuno momento señalar que el CRIC ha prestado humanitarios y reconocidos servicios a las víctimas de la violencia en nuestro país.

¿Por qué la controversia sobre el tipo de conflicto interno? Porque si el conflicto no está dentro de los cánones descritos por el tratado que rige elDIH, el CRIC no estaría autorizado para tener una misión en nuestro territorio. Este aspecto legal y formalista preocupa a un importante grupo de ong e intelectuales, inclusive algunos del parque jurásico liberal, más que los hechos. Y los hechos, no el discurso humanitario, no las buenas intenciones, no las buenas conciencias que por demás son respetables, los hechos, insisto, demuestran que el estado colombiano cumple con las normas del DIH porque es suscriptor del tratado internacional, pero los grupos ilegales armados no se comportan conforme al derecho de la guerra, no aceptan el DIH, como no aceptan las determinaciones democráticas del pueblo colombiano. Violan todos los días el DIH: secuestran civiles, destruyen puentes y carreteras, matan civiles de todas las edades con bombas y explosivos prohibidos, atacan poblaciones indígenas, negras, blancas y mestizas no combatientes, obligan bajo amenazas a marchas o desplazamientos de población civil, instigan actos de barbarie en las universidades con explosivos causando muertes, lesiones personales y destrucción de aulas y laboratorios, etc. etc.

Si los grupos armados ilegales que combaten al estado democrático realizan actos de terror contra la población civil, si no cumplen con el DIH, si el Cric no puede obligarlos a aceptar y cumplir el DIH, si la ONU y su plenipotenciario tampoco los convence ni tienen la capacidad de someterlos a la ley internacional, ¿de qué ficción estamos hablando? ¿Unas normas que no tienen ninguna capacidad coercitiva sobre una de las partes, acaso no son simples normas virtuales sobre las que cabalga la burocracia internacional?

El fetichismo legal del DIH solo sirve para meter en cintura a los gobiernos y estados suscriptores del tratado. Eso es aceptable como consecuencia de una meta universal. Pero que sirva el DIH para intentar calificar el terrorismo como instrumento de lucha política es un abuso del derecho internacional.

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Bien, muy bien, que bueno tener otro espacio de comunicación con Urabá.
Felicitaciones, muy interesante el articulo del señor miembro de la comisiòn de paz de antioquia.

R.

pd. mañana comento sobre el articulo.

Anónimo dijo...

hola periodistas de uraba hoy.

que sorpresa encontrar su blog pero les cuento que fué supremamente dificil. estan perdidos en el internet, por que no le hacen un enlace a su pagina del periodico para poder tenerlos al alcance de un "clic" espero que la calidad del blog sea tan buena como la de su excelente periodico.

Persistan por favor están haciendo un excelente trabajo.

Su amigo Andrés Holguin. Soy bogotano pero vivi veinte años en carepa y en mutatá. Soy victima de la violencia de la guerrilla y actualmente estoy asilado. pero adoro a Urabá.
Un familiar me ha enviado varios numeros de su periodico, me parece muy bueno, pero mas admiro su labor, pues se lo dificil que es hacer empresa en esta región.

ahora vivo en anchorage que es la capital de alaska (usa) cerca al polo. pero sueño con el día en que vuelva a Urabá.

Apoyo al presidente uribe pero quiero su reelección para el periodo posterior al próximo periodo presidencia, para ver como sus detractores no son capaces de hacer un gobierno a la altura del actual.

Su amigo Andrés Holguin.

URABAHOY dijo...

Gracias don Andrés Holguín. Esperamos que algún dia esté por estos lares y nos visite. Queremos invitarlo a un tinto y a que nos cuente su experiencia por Alaska.

envienos sus datos a nuestro email, para contactarlo por ese medio.

Le reiteramos nuestro agradecimiento.